Introduce la base imponible de tu factura, selecciona el tipo de retención y obtén el desglose completo: base, IVA, retención IRPF y total a cobrar. Ideal para autónomos profesionales que facturan a empresas.
¿Qué es la retención de IRPF en una factura?
La retención de IRPF es un anticipo del impuesto sobre la renta que tu cliente descuenta directamente de tu factura y lo ingresa en Hacienda en tu nombre. Es como si Hacienda cobrase parte de tus impuestos antes de que tú declares.
¿Cómo aparece en una factura?
Una factura típica de un autónomo profesional con retención tiene esta estructura:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base imponible | 1.000,00 € |
| IVA (21%) | +210,00 € |
| Retención IRPF (15%) | −150,00 € |
| Total a pagar | 1.060,00 € |
El cliente paga 1.060 € al autónomo y 150 € a Hacienda. El autónomo declara ingresos por 1.000 € de base.
Tipos de retención de IRPF
15% — Retención general para profesionales
Es la retención estándar que deben aplicar los autónomos profesionales (epígrafes del grupo 1, 2 y 3 del IAE) cuando facturan a empresas o a otros profesionales.
Se aplica a: abogados, arquitectos, diseñadores, programadores, consultores, médicos, ingenieros, traductores, y cualquier profesional del Grupo 2 y 3 del IAE.
7% — Nuevos autónomos
Retención reducida para profesionales que:
- Se dan de alta por primera vez como autónomos.
- No han ejercido actividad profesional en los 12 meses previos.
- Se aplica durante el año de alta y los dos años naturales siguientes.
2% — Estimación objetiva (módulos) y forestales
Para autónomos en régimen de módulos que realizan actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
1% — Actividades en módulos (otras)
Para otras actividades empresariales en régimen de estimación objetiva.
19% — Alquileres de inmuebles
Retención aplicable a los rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos.
24% — No residentes (UE/EEE)
Para profesionales no residentes en España pero residentes en la UE o el EEE.
¿Quién debe practicar la retención?
La retención la practica el pagador (tu cliente), no tú como profesional. Sin embargo, eres tú quien debe indicar en la factura el porcentaje de retención aplicable.
Obligados a retener
- Empresas y sociedades
- Otros profesionales y autónomos
- Entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, etc.)
No obligados a retener
- Particulares que no realizan actividad económica
- Clientes extranjeros que no operan en España
Si facturas exclusivamente a particulares, no aplicas retención, pero sí debes presentar el Modelo 130.
Impacto de las retenciones en tus impuestos
Las retenciones que te han practicado durante el año se descuentan de tu cuota de IRPF en la declaración de la renta:
- Se calcula tu IRPF total sobre el rendimiento neto del ejercicio.
- Se restan las retenciones soportadas (que tus clientes ya han pagado por ti).
- Se restan los pagos fraccionados del Modelo 130.
- El resultado es lo que te queda por pagar (o lo que Hacienda te devuelve).
Ejemplo: Un autónomo con 6.000 € de IRPF anual y 4.500 € de retenciones acumuladas solo pagaría 1.500 € en la declaración. Si las retenciones superan al IRPF, Hacienda devuelve la diferencia.
Cómo declarar las retenciones
Como emisor (autónomo)
Debes conservar copia de todas las facturas con retención y verificar que los importes coincidan con el certificado de retenciones que te proporcionan tus clientes (formulario disponible desde marzo del año siguiente).
Como pagador (empresa/cliente)
Las empresas que practican retenciones deben:
- Presentar el Modelo 111 trimestralmente (retenciones practicadas).
- Presentar el Modelo 190 como resumen anual.
- Emitir certificados de retenciones a cada profesional.
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Preguntas frecuentes
Si eres autónomo profesional y facturas a empresas o profesionales, sí. Si facturas a particulares, no se aplica retención. La obligación depende de quién sea tu cliente, no de tu actividad.
Si estás obligado a aplicarla y no lo haces, la responsabilidad es del pagador (tu cliente). No obstante, Hacienda puede reclamarte a ti como responsable subsidiario. Lo más prudente es incluirla siempre que corresponda.
La retención de IRPF se aplica siempre sobre la base imponible de la factura, nunca sobre el IVA. Es decir, primero calculas la retención sobre la base y luego sumas el IVA al resultado.
Puedes consultarlo en los certificados de retenciones que tus clientes deben proporcionarte, o bien en los datos fiscales que Hacienda pone a tu disposición a partir de marzo/abril para la declaración de la renta.
El sistema de retenciones permite a Hacienda recaudar de manera anticipada y distribuida a lo largo del año, evitando que el contribuyente tenga que hacer un pago único muy elevado al presentar la declaración anual.
Sí, es 100% gratuita y no requiere registro. Puedes usarla tantas veces como necesites para calcular retenciones en tus facturas.