Crea facturas completas y profesionales en segundos. Introduce los datos de emisor y receptor, añade las líneas de detalle, selecciona el tipo de IVA y la retención de IRPF, y obtén una factura lista para copiar y enviar.
Emisor
Receptor
Conceptos
Vista previa
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FACTURA
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Factura nº: ---
Fecha: 2026-03-26
── EMISOR ──────────────────────────────
(Nombre del emisor)
NIF/CIF: ---
(Dirección)
── RECEPTOR ────────────────────────────
(Nombre del receptor)
NIF/CIF: ---
(Dirección)
── CONCEPTOS ───────────────────────────
(Concepto) — 1 x 0,00 € = 0,00 €
── TOTALES ─────────────────────────────
Base imponible: 0,00 €
IVA (21%): 0,00 €
TOTAL: 0,00 €
═══════════════════════════════════════¿Qué datos debe incluir una factura en España?
Según el Real Decreto 1619/2012, toda factura emitida en territorio español debe contener obligatoriamente los siguientes datos:
Datos del emisor
- Nombre y apellidos o razón social completa
- NIF o CIF del emisor
- Domicilio fiscal completo
Datos del receptor
- Nombre y apellidos o razón social del destinatario
- NIF o CIF del receptor
- Domicilio del receptor
Datos de la factura
- Número de factura: correlativo dentro de una serie, sin saltos
- Fecha de expedición
- Descripción detallada de los bienes entregados o servicios prestados
- Base imponible de cada operación
- Tipo impositivo de IVA aplicado
- Cuota de IVA resultante
- Importe total de la factura
¿Cómo se calcula el total de una factura?
El proceso de cálculo de una factura con IVA e IRPF sigue estos pasos:
- Calcular la base imponible: suma de cantidad × precio de cada línea
- Aplicar el IVA: Base imponible × tipo de IVA (21%, 10% o 4%)
- Aplicar la retención de IRPF (si corresponde): Base imponible × tipo de retención (15% o 7%)
- Total = Base imponible + IVA − IRPF
Ejemplo práctico
Un diseñador freelance factura un proyecto de 2.000 €:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base imponible | 2.000,00 € |
| IVA (21%) | +420,00 € |
| IRPF (-15%) | -300,00 € |
| Total a cobrar | 2.120,00 € |
¿Quién debe aplicar retención de IRPF?
La retención de IRPF en facturas la aplican los profesionales autónomos que facturan a empresas o a otros profesionales. No se aplica en facturas a particulares.
- 15%: tipo general para profesionales autónomos
- 7%: tipo reducido durante los tres primeros años de actividad (nuevos autónomos)
- 0%: no se aplica retención (ventas a particulares, empresas que facturan a empresas)
Errores comunes al hacer facturas
- Saltos en la numeración: las facturas deben ser correlativas, sin huecos
- Falta de NIF del receptor: es obligatorio en facturas completas
- No desglosar el IVA: la cuota de IVA debe aparecer separada de la base
- Confundir factura con presupuesto: un presupuesto no tiene validez fiscal
- No conservar las facturas: debes guardarlas al menos 4 años (plazo de prescripción fiscal)
¿Cuánto tiempo debo conservar las facturas?
Según la Ley General Tributaria, las facturas deben conservarse durante el plazo de prescripción de 4 años. Sin embargo, el Código de Comercio exige la conservación de documentos mercantiles durante 6 años desde el último asiento contable. Se recomienda conservarlas al menos 6 años.
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Preguntas frecuentes
Sí, es 100% gratuito y no requiere registro. Puedes crear tantas facturas como necesites y copiar el resultado.
Esta herramienta te ayuda a crear el contenido de la factura con todos los campos obligatorios. Para que tenga plena validez fiscal, debes emitirla desde un sistema que cumpla con los requisitos de Verifactu y conservarla adecuadamente.
Si eres autónomo profesional y facturas a una empresa u otro profesional, debes aplicar retención de IRPF (15% general o 7% los tres primeros años). No aplica en facturas a particulares.
El 21% es el tipo general que aplica a la mayoría de servicios y productos. El 10% se aplica a hostelería, transporte y alimentación. El 4% es para productos de primera necesidad como pan, leche o libros.
Debes emitir una factura rectificativa que corrija los datos erróneos. Nunca borres o modifiques una factura ya emitida.